Dando cumplimiento a la ley 1672 del 19 de julio de 2013 POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ADOPCIÓN DE UNA POLITICA PÚBLICA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (RAEE), Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”, nos permitimos informar sus obligaciones como consumidor de aparatos eléctrico o electrónicos que pueda adquirir en nuestra compañía:  según el numeral 4 del Articulo 6 de la norma en mención……. “a) Los usuarios de aparatos eléctricos y electrónicos deberán entregar los ‘ residuos de estos productos, en los sitios que para tal fin dispongan los productores o terceros que actúen en su nombre; b) Asumir su corresponsabilidad social con una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), a través de la devolución de estos residuos de manera voluntaria y responsable de acuerdo con las disposiciones que se establezcan para tal efecto;….

Dado lo anterior nos permitimos notificar que la entidad a la cual puede entregar sus RAEE para hacer disposición final debe contar con licencia ambiental para tal fin.

A continuación compartimos algunos link de consulta de entidades ambientales en donde pueda cerciorarse de que su proveedor para hacer disposición final de los RAEE, cumple con los parámetros establecidos por la ley y cuentan con licencia ambiental.

En todo caso, estamos a su disposición para brindarle cualquier tipo de asesoría para tramitar la disposición final de sus RAEE.